Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1998 (23/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

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TCC, en sus Articulos 22". 48" y 49" prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N" 06-94-TCC, y modificado por D.S. N"00598-MTC, en sus Articulos 161" y 162" indica la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun los Informes N"s. 185-98MTCX5.19.03.2. y 349-98.MTC/15.19.0'., consideran procedente la solicitud de la COMPANIA LATINOAMERICANADE RADIODIFUSION S.A., al haber cumplido con la informacion y documentacion exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos N"s. 01393-TCC, 06-94-TCC y 005-98-MTC; y! Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo l".- Otorgar a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion Retransmisora del Servicio de Radiodifusion Comercial por Television en la Banda de VHF, en el distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora BC-TV Video : 193.25MHz Audio : 197.75 MHz &S-4W Video : 10 w Audio : 1 w Video : C3F Audio : F3E
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3" Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5".- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion ala COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6".- El titular de la autorizacion esta obliaado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo l", sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 13520

JUSTICIA
Designan comite tecnico para afrontar el Problema Informatico del aAo 2000
RESOLUCION MINISTERIAL No 264.98.JUS MORDAZA, 16 de noviembre de 1998 VistoelOficioN"552-98.INEXJ,defecha 19deoctubre de 1998, del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI como ente coordinador de las actividades relacionadas con las soluciones del Problema Informatica del ano 2000 en la Administracion Publica, ha previsto la constitucion de Comites Tecnicos para afrontar dicho problema en cada entidad del Estado; Que a los referidos Comit.es Tecnicos se les encarga el planeamiento, diagnostico, evaluacion e implementacion de las soluciones del problema informatico, en el ambito de su competencia; Que el problema informatico de fin de siglo, no afectara exclusivamente al area informatica, sino tambien a las demas areas tecnicas y administrativas de la institucion, por lo que es necesaria la participacion de los organos de la entidad que estan relacionados con dicha problematica; Que es conveniente la conformacion del Comite Tecnico para afrontar el Problema Informatico del ano 2000 en el Ministerio de Justicia; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8" del Decreto Ley N" 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y la Resolucion Ministerial N" 017-98-JUS -Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Articulo l".- Designar al Comite Tecnico del Ministerio de Justicia para afrontar el Problema Informatico del ano 2000, que estara encargado del planeamiento, diagnostico, evaluacion e implementacion de soluciones al problema informatico del fin de siglo, el mismo que estara conformado por las siguientes personas: Dra. MORDAZA MORDAZA NAPIJRI Secretaria General del Ministerio de Justicia, quien lo presidira. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de la Oficina General de Informatica. CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de la Oficina General de Administracion.

Cerro Mal Paso, Dist. Cieneguilla, Prov. y Dpto. Lima. Coordenadas: L.O. 76" 47' 29" L.S. 12" 07' 29"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2".- Dentro de los treinta(30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Articulo 3".- La COMPtiI.4 LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario delvencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162" del Reglamento General mencionado, debiendo asumir los gastos de viaje y viaticos que demande dicha diligencia. Estos gastos deben ser cancelados al Ministerio MORDAZA de la fecha fijada para la inspeccion. Articulo 4".- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguient es casos: 1" No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3". 2" Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables.

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