Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 1998 (23/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

1 .ima, lunes 23 de novicmhrc dc I 99X

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(2)

Se podra otorgar Aprobaciones de Aeronavegabilidad para Exportacion a aeronaves usadas, poseedoras de un Certificado de Aeronavegabilidad Peruano, LI otros Productos Clase 1 usados, que hayan sido mantenidos de acuerdo con los requerimientos de Aeronavegabilidad aplicables y que esten localizados en un MORDAZA extranjero, si la DGTA considera que los lugares de ubicacion no causan sobrecargas a su gestion en la administracion de las disposiciones de esta Regulacion. Productos~~laseIIyClaseIIIquehansidofabricadosyestanlocalizadosenlaRepublicaPeruana.

(3)
Cc)

Excepciones a las Aprobaciones de Aeronavegabilidad para Exportacion: Si la aprobacion de Acronavegabilidad de Exportacion es emitida sobre la base de un acuerdo escrito deaceptaciondela Autoridad deAviacionCivi1 del MORDAZA importador,comoloestablecelaSeccion21.327 (e) (4) de esta Regulacion en lo referente a las Reglas que no son cumplidas y las diferencias de configuracion entre el Producto a exportar y el Producto con Certificado MORDAZA, las mismas deben ser listadas como Excepciones, en la Aprobacion de Aeronavegabilidad para Exportacion.

21.327 (al

Solicitud

Excepto lo prescrito en el parrafo Ch) deesta Seccion, unasolicitud de Aprobacionde Aeronavegabilidad para Exportacion de un producto Clase 1, Clase II o Clase III, debera efectuarse por escrito en un formulario y de la manera prescrita por la DGTA. Reservado.
para:

(b, Reservado. Cc) (d) Se debera hacer una solicitud por separado
(1)

Cada aeronave; Cada motor de aeronave y helice, excepto que se podra hacer una solicitud para mas de un motor o helice, si todos son del mismo MORDAZA y modelo y se exportan al mismo MORDAZA y comprador; y Cada MORDAZA de Producto Clase II, excepto que se podra usar una solicitud para mas de un MORDAZA de Producto Clase II, cuando: (1) III) Esten separados e identificados en la solicitud, respecto al MORDAZA y modelo del Producto Clase 1; y Estos MORDAZA exportados al mismo comprador y pais.

(2) (3)

Ce)

Cada solicitud debe estar acompanada de una declaracion escrita hecha por el MORDAZA importador, manifestando que aceptara la validez de la Aprobacion de Aeronavegabilidad para Exportacion, si el producto que se esta exportando es: (1) Una aeronave fabricada fuera de la Republica Peruana que esta siendo exportada a un MORDAZA con el cual la Repu blica mantiene un Acuerdo Bilateral, que involucre el cumplimiento de las Reglas, Requisitos y Procedimientos del MORDAZA de obtencion del Certificado de Exportacion; Una aeronave desmontada y que no MORDAZA sido ensayada en vuelo; o
Un producto

(2) (3) (4)

que no satisface los Requisitos especiales del MORDAZA importador.

Un producto que no satisface un requisito especifico de las Secciones 21.329,21.331 o 21.333 de esta Regulacion que sea aplicable para la emision de una Aprobacion de Aeronavegabilidad para Exportaci6n. Una declaracion escrita debera listar los requisitos no cumplidos.

Cada solicitud de Aprobacion de Aeronavegabilidad para Exportacion de un Producto Clase 1, debera incluir: (1) (2)
Una Declaracion de Conformidad para cada Producto MORDAZA, que no ha sido fabricado segun un Certificado de Produccion.

Un informe de Peso y Balance, con un Programa de Carga cuando fuere aplicable, para cada Aeronave en concordancia con la Parte 43 de esta Regulacion. Para Aeronaves Categoria Transporte y Conmuter este informe debera estar basado en un pesaje actual de la Aeronave, efectuado dentro de los doce (12) meses precedentes, pero despues de cualquier reparacion o alteracion mayor efectuada a la Aeronave. Los cambios en el equipamiento, que no se clasifiquen como Cambios Mayores y que se efectuen despues del ultimo pesaje, podran ser determinados por calculo para actualizacion del informe. fabricantes de aeronaves nuevas, que no MORDAZA de Categoria transporte, helicopteros en Categoria Normal y planeadores, deben presentar informes que contengan datos calculados de peso y balanceo de la aeronal'e, siempre que para tales aeronaves se hayan establecido
Los

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